Novedades en el carnet por puntos

Novedades en el carnet por puntos

Parece que fue ayer pero el carnet por puntos cumple 15 años en vigor y ya le tocaba renovarse.

Y, por tanto, ajustarse a las conductas que en estos años se ha demostrado que generan mas riesgo para la conducción. El gobierno ha aprobado este martes el Proyecto de Ley y se ha remitido a las cortes para su aprobación.

La UE se ha propuesto reducir el numero de fallecimientos y heridos graves en carretera en un 50% para el 2030 y llegar a cero victimas en 2050 y la DGT ha hecho una serie de modificaciones para adecuar la norma a estos objetivos.

¿Qué es lo que cambia?

– Seis puntos por sujetar el móvil

– No hacer uso del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco u otros elementos de protección o y aquí viene la novedad “emplearlos de forma inadecuada” pasa de tener sanción de 3 puntos a 4.

– Conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil sube de 3 a 6 puntos, y si no lo sujetas con la mano, se acabó lo de descolgar y dejarlo en el asiento, 3 puntos, más la multa que en ambos casos sigue siendo de 200€. Las llamadas solo por el manos libres.

-Llevar en el vehículo dispositivos de detección de radares 3 puntos, antes solo se sancionaba su utilización. Ya no valdrá llevarlo apagado.

-Se prohíbe rebasar en 20 km/h el limite de velocidad al adelantar en carreteras convencionales.

– Adelantamientos a ciclistas, ahora se castigará con seis puntos de retirada “adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

– Arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. Nueva infracción muy grave, castigada con una multa de 500 euros y con la retirada de seis puntos en el carne

-Se unifica el plazo de 2 años para recuperar el saldo de 12 puntos, hasta ahora el plazo dependía de la infracción.

-Los cursos de conducción de la DGT permiten recuperar 2 puntos y se puede hacer un curso cada dos años.

-Se castiga el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes para obtención del carnet, se tipifican como MUY GRAVE, se castiga al que hace el examen y al que colabore con el con multa de 500€ y no se podrá presentar otra vez al examen en 6 meses.

– Detector de radares, prohibidos.

– Casco para patinetes y prohibición de circular por las aceras.

-Las empresas de transportes podrán consultar los puntos de los conductores profesionales de sus plantillas.

-Se aprueba (y será obligatorio en 2026) un dispositivo luminoso amarillo que se colocara en la parte mas alta del vehículo para sustituir a los triángulos de señalización de accidentes, de esta manera el conductor no tendrá que salir del vehículo. Este dispositivo estará conectado telemáticamente a una red de avisos nacional.

Independientemente de la sanción siempre os recomendaremos precaución, adaptar la conducción al tipo de vía por el que se circula y llevar al menos el seguro obligatorio en vigor por si tenéis algún percance.

Entre todos podemos hacer de las carreteras un #territorioseguro