Cómo cancelar un seguro: plazos y vías de comunicación válidas.

Cómo cancelar un seguro: plazos y vías de comunicación válidas.

Cuando se decide cancelar un contrato de seguro es importante seguir unos plazos concretos y dejar constancia de ello. De lo contrario, puede que no se cancele apropiadamente y se siga pagando hasta el próximo vencimiento de la póliza.

Para dar de baja un seguro, es necesario hacerlo a través de un canal de comunicación fehaciente que permita registrar la solicitud de baja y asegurar que la aseguradora la ha recibido.

Además, se debe hacer en los plazos especificados por ley, notificando la intención de no continuar con la póliza como mínimo un mes antes del vencimiento del contrato. Si es la aseguradora la que rompe el contrato, deberá hacer su notificación con dos meses de antelación.

Qué es una vía de comunicación fehaciente

Se considera que una notificación o comunicación es fehaciente cuando permite demostrar que se ha enviado y se ha recibido el mensaje en cuestión, es decir, cuando se tiene constancia tanto del contenido como de la recepción del mismo por parte del destinatario.

Existen varias vías de comunicación fehaciente, como por escrito, por burofax, por correo electrónico, por teléfono o a través de un formulario web.

Algunos motivos para cancelar un contrato de seguro

Los motivos para cancelar un contrato de seguro pueden ser muy variados, como haber encontrado una oferta mejor, poder asumir el riesgo uno mismo o porque la aseguradora ya no quiere seguir asumiendo el riesgo. En cualquier caso, para hacer efectiva la cancelación, es necesario avisar con, al menos, un mes de antelación.

La aseguradora cambia las condiciones del contrato: En el caso que la compañía de seguros comunique un aumento de la prima o un cambio o reducción de las coberturas (debe hacerlo con al menos 2 meses de antelación) puedes cancelar el seguro si lo comunicas con 1 mes de antelación al vencimiento.

Finalización del préstamo asociado al seguro contratado: Una vez devuelto en su totalidad el importe de un préstamo, si el seguro que lo cubría sigue vigente, puedes cancelarlo y tienes derecho a recibir parte de la prima no utilizada.

Desaparición del bien asegurado: Si durante la vigencia del contrato de seguro se produjese la desaparición del bien objeto del  seguro, se deberá pagar la póliza hasta el siguiente vencimiento. Por ejemplo, si das de baja un vehículo en Tráfico, este segura vigente hasta que se complete la anualidad, aunque hay entidades que voluntariamente devuelven o «reservan» la prima no consumida para otro seguro.

Ojo con el periodo de carencia del consorcio de compensación de seguros

Si se cambia a otro seguro, se recomienda no cancelar la póliza actual hasta no haber contratado la nueva. En particular, en los casos de seguros de vida y de salud, se puede establecer que la fecha de efecto de la nueva coincida con el vencimiento de la antigua.

Además a la hora de cancelar un seguro hay que tener en cuenta las fechas para evitar la carencia del consorcio de compensación de seguros (Este periodo de carencia es de 7 días a contar desde la fecha de efecto en siniestros de riesgos extraordinarios producidos por fenómenos de la naturaleza) por lo que si anulamos un seguro y al cabo de una semana, o meses lo volvamos a contratar, no se puede considerar reemplazo por lo que se aplicará el plazo de carencia indicado.