Divorcio y mascotas. Cambios en la Ley de protección animal

Divorcio y mascotas. Cambios en la Ley de protección animal

La Ley de protección animal aprobada en el Congreso recoge una serie de modificaciones importantes que tendrán su efecto en los casos de divorcio.

La nueva Ley de protección animal aprobada en el Congreso de los Diputados supone modificaciones importantes en lo referente a las mascotas de forma que, a partir de ahora, los animales de compañía ya no tendrán la consideración de bienes muebles o cosas y pasarán a ser «seres sintientes».

Este nuevo concepto supone que en los procesos divorcio que se abran a partir de ahora las mascotas tendrán los mismos derechos que las personas por lo que será el juez quien en su sentencia dicte sobre quién recae su custodia en base a los mismos criterios utilizados para los hijos determinando cuál es el hogar más conveniente para su cuidado y desarrollo. En este sentido indicar que, como en cualquier otro divorcio también se recogerán aspectos como la custodia, régimen de visitas y manutención.

En este nuevo contexto y en caso de conflicto en un proceso de separación, nulidad o divorcio, será el juez de familia quien tenga la potestad de determinar no solo el tiempo que deberán permanecer los animales con cada uno de los cónyuges sino que además podrá establecer el reparto de las cargas asociadas a su cuidado, independientemente de quién sea el dueño.

Esta proposición de ley, aprobada por la comisión de justicia del Congreso deberá ser tramitada y ratificada en la Cámara Alta del Senado.

El maltrato a los animales tendrá la consideración de violencia vicaria

Con esta modificación de la Ley, y al igual que ocurre con los hijos,  los miembros de parejas que amenacen o maltraten a sus animales de compañía serán excluidos del régimen de custodia y, en el caso de maltrato con intención de hacer daño a la pareja tendrá la consideración de violencia vicaria.

Entre otras cuestiones jurídicas recogidas en la Ley, como el régimen de custodia de los animales de compañía en procesos de divorcio o separación también destaca la declaración de las mascotas como «inembargables» en procesos de embargo o desahucio argumentando el vínculo especial que los liga con la familia con la que conviven.

Esta cuestión cobra sentido a la hora de no poder extender la hipoteca a los animales destinados en una finca cuyo fin sea la explotación ganadera, industrial o de recreo.

Por último, y de aprobarse definitivamente la ley, se exigirá al propietario el ejercicio de sus derechos sobre el animal así como sus deberes de cuidado de manera que garantice su bienestar en función de la especie a la que pertenezca incluidos los gastos originados por la curación y cuidado de la mascota herida o abandonada por un tercero de forma que podrán ser recuperables por quién los haya abonado.