Nueva ley de mediación de seguros

Britons are never more comfortable than when talking about the weather.John Smith, Flickr.

La norma europea, de 2016, entró en vigor en España el pasado febrero de 2020

España es el último país de la UE en aprobar el Real Decreto al Parlamento Europeo y al Consejo de la Directiva 2016/96 sobre distribución de seguros. Si bien el proyecto de ley entró en vigencia el 4 de febrero de 2020, los grupos parlamentarios han presentado modificaciones al texto, lo que impidió la aprobación definitiva del proyecto de ley en el Congreso, que aún se encuentra en trámite.

Por lo tanto, todavía existe cierta incertidumbre porque, aunque no se prevén cambios importantes, ciertos desarrollos son ciertamente impredecibles. objetivo. En la comercialización de los productos suministrados y el proceso de consultoría o proceso de compensación de agencias intermediarias y compañías de seguros corporativas, aseguramos la competencia leal entre todos los canales de información y distribución, igual protección para los asegurados y mayor transparencia e información.

Objetivo de la nueva ley

Asegurar la competencia en igualdad de condiciones entre todos los canales de información y distribución y garantizar la igualdad de la protección del tomador de seguros.

Así mismo también se pretende con este nuevo texto ofrecer mayor transparencia e información en la comercialización, ya sea en los productos ofertados como a lo largo del proceso de asesoramiento incluyendo el de remuneración de los intermediarios y entidades aseguradoras.

Actividad más regulada

Otro aspecto relevante tiene que ver con la ampliación de la documentación que debe proporcionarse antes de contratar un seguro de forma que se estandariza la información incluye las características de las pólizas así como las cobertura.

Igualmente se establece el tipo de asesoramiento que debe facilitarse para cada tipo de producto y los protocolos para que el cliente pueda tramitar quejas y resolver conflictos.

Aspectos novedosos

Se incrementa el ámbito de aplicación a todos los distribuidores de seguros y no solo a los mediadores tradicionales (agentes y corredores).

En esta línea la IDD incluye a entidades aseguradoras y reaseguradoras y mediadores de seguros complementarios (agentes que distribuyen seguros con carácter accesorio y a los comparadores) con el objetivo de amparar al cliente con independencia del canal elegido. Es decir, independientemente de que haya o no una actividad de asesoramiento, la ley obliga a que se realice un cuestionario al consumidor sobre sus necesidades y nivel de satisfacción.

Productos financieros de inversión basados en seguros.

La norma en trámite incrementa las obligaciones de información y conducta ética durante todo el proceso de comercialización de este tipo de productos, obligando a realizar evaluaciones periódicas sobre la conveniencia de invertir por parte del cliente.

Además, incrementa de forma notable las sanciones y multas por incumplir estos requisitos  que puede llegar a suponer importes de 5 millones de euros o el equivalente al 5% del volumen de negocios anual de toda la entidad.