Lo que debes saber de la campaña de la Renta 2023

Lo que debes saber de la campaña de la Renta 2023

¡Ya está aquí la Campaña de la Renta y Patrimonio 2022!

Como cada año, los contribuyentes deberemos presentar la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2022 entre los días 11 de abril y 30 de junio de 2023 por lo que es importante que tengas en cuenta estas fechas clave si estás obligado o necesitas presentar la declaración de la renta.

11 de abril: Los contribuyentes podrán acceder a su borrador de la renta a través de Renta Web, el sistema de presentación de la Agencia Tributaria. Este mecanismo permite confirmar el borrador vía Internet o, si no se precisan modificaciones sobre los datos aportados por la Agencia Tributaria, vía teléfono móvil.

Aquellos que prefieran presentar su declaración por teléfono deberán esperar hasta el 5 de mayo. Es importante recordar que para hacerlo por esta vía es necesario solicitar cita previa. Por otro lado, aquellos que deseen presentar su declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria podrán hacerlo entre el 1 de junio y el 30 de junio.

Si optas por esta opción, recuerda que el 29 de junio es el último día para pedir cita, que se puede hacer por internet o por teléfono en los siguientes números: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Multas por incumplimiento de plazos

Es importante destacar que si presentas la declaración de la renta fuera de plazo podrías ser multado. Las multas varían según el retraso y en 2021 fueron del 1% más un punto porcentual adicional por cada mes de retraso. Si tardas más de 12 meses en presentarla el recargo será del 15% más intereses de demora.

Novedades de esta campaña

En cuanto a las novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta de este año, el Gobierno elevó en los presupuestos generales de 2023 el mínimo exento para declarar el IRPF de 14.000 a 15.000 euros y amplió de 18.000 a 21.000 euros la reducción por los rendimientos del trabajo. Sin embargo estas medidas no se aplicarán a la declaración de la renta de este año, sino a la del siguiente, por lo que ambos parámetros continúan igual.

No obstante, hay que tener en cuenta que sí habrá modificaciones en el IRPF en algunas comunidades autónomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo. En Madrid, por ejemplo, la deflactación del IRPF ha sido del 4,1% lo que permitirá a los madrileños ahorrarse unos 46 euros de media, siendo las rentas altas las más beneficiadas. También hay modificaciones en Galicia, la Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia.

Por otro lado, se ha reducido de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados. Sin embargo se ha ampliado en 500 euros, hasta los 8.500, la reducción que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.

Esta fórmula de ahorro a largo plazo es una medida del Gobierno para asegurar la importancia de presentar la declaración de la renta. Además, aunque no se tenga la obligación de hacerlo puede ser beneficioso presentarla para poder optar a devoluciones por parte de Hacienda.

También es importante recordar que aquellos que hayan percibido ayudas por parte del Gobierno durante la pandemia, como los ERTE o las ayudas a autónomos, deberán incluir estas cantidades en su declaración de la renta, ya que están sujetas a tributación.