Estimado Consumidor, seguro que te suenan los seguros de ahorro (antiguamente denominados seguros de jubilación), Unit Link, fondos de inversión y, como no, los planes de pensiones. ¡Pues bien! todas estas herramientas tienen la característica común de ser iniciativas individuales de ahorro.
Bueno, pues hoy te quiero hablar sobre otra herramienta que debes conocer si tienes preocupación por tu futuro y especialmente por la jubilación. Se trata del segundo pilar de la Previsión Social de cara a la jubilación, los Planes de Pensiones de Empleo, herramienta cuyos beneficios son tanto para trabajadores como para empresas.
Dado la falta de conciencia, su promoción insuficiente, complejidad en su gestión y la falta de incentivos fiscales su desarrollo ha sido escaso en España, no así en otros países europeos. Se han realizado cambios normativos dando cumplimiento a las recomendaciones aprobadas en octubre de 2020 por el Pacto de Toledo, que instan a “incentivar los planes de pensiones promovidos por empresas y organizaciones, conocidos como planes de empleo a partir de la negociación colectiva”, para facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro por sus bajas comisiones a trabajadores de rentas medias y bajas, de pequeñas y medianas empresas, así como a empleados públicos, trabajadores autónomos, temporales y jóvenes.
Ahora no solo las empresas pueden promover planes de empleo para sus trabajadores, también los autónomos a través de asociaciones, sindicatos, colegios profesionales y federaciones pueden promover y disponer de estos planes. Los impulsos a esta herramienta se ven reflejados principalmente en los efectos fiscales y afectan tanto al trabajador como a la empresa.
Impacto fiscal para el Trabajador (asegurado)
Desde la perspectiva del trabajador, las contribuciones a los Planes de pensiones de empleo pueden disfrutar de beneficios fiscales, siendo deducibles las aportaciones de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que se respeten los límites establecidos en la normativa, hasta 1.500 € en aportaciones individuales y 8.500 € en aportaciones empresariales conjuntas empresa-trabajador.
Los trabajadores podrán aportar importes superiores a la empresa conforme a los límites establecidos en función a la aportación empresarial. En caso de que el trabajador cambie de empresa podrá trasladar su fondo ahorrado a la nueva empresa si ésta cuenta con un plan constituido.
También, se establece una mejora en la deducción del IRPF para los autónomos que dispongan de planes de pensiones de empleo. Este colectivo tendrá derecho a una deducción de hasta 5.750 euros al año, más del triple de la actual.
Los rendimientos generados por las inversiones dentro del plan están exentos de tributación hasta el momento del rescate, facilitando la acumulación de ahorro / capital a largo plazo.
Impacto fiscal para la Empresa
Las contribuciones realizadas por la empresa a estos planes serán gastos deducibles sobre la base imponible del Impuesto de Sociedades en un 10% de las contribuciones constituidas para trabajadores con retribuciones inferiores a 27.000 € o proporcional para rentas superiores, además de no soportar ni aplicar retención alguna.
También las empresas tienen derecho a una reducción máxima por trabajador sobre las cotizaciones sociales siempre que las contribuciones sean satisfechas mensualmente. Para que la empresa pueda aplicar los beneficios fiscales anteriores, deben de cumplirse las siguientes condiciones específicas:
– No discriminación, garantizando el acceso a todos los trabajadores.
– Capitalización, las aportaciones se acumulan de forma individual por trabajador.
– Irrevocabilidad de las aportaciones, la empresa no puede recuperar las aportaciones una vez realizadas.
– Atribución de derechos, desde el primer momento las aportaciones generan derechos a favor del trabajador.
Conclusión
Los Planes de pensiones de empleo tienen como objetivo beneficiar a los trabajadores específicamente en relación con su jubilación y también pueden cubrir otras contingencias (fallecimiento, incapacidad, etc.). Estos mecanismos de protección social son establecidos y financiados por la empresa y las aportaciones deben provenir de las empresas, también de los trabajadores o ambos (contando todos ellos con importantes beneficios fiscales)
El mercado pone a disposición de la empresa diversos sistemas de ahorro o inversión para canalizar estos mecanismos de protección social y son los Planes de Pensiones de Empleo (PPE) y los Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE), cuyas principales características diferenciales son:
Una vez tienes esta información en calidad de consumidor, tanto si eres trabajador por cuenta ajena, autónomo con empleados o empresario, y quieres mejorar tu jubilación, puedes promover dentro de la empresa la contratación de esta herramienta de ahorro de previsión social.
Si quieres ampliar información dirígete a tu Corredor de Seguros de confianza, él podrá darte más información.