Actualización de la normativa para patinetes eléctricos y vehículos de movilidad personal

Actualización de la normativa para patinetes eléctricos y vehículos de movilidad personal

Desde el 21 de enero de 2024 están en vigor las nuevas regulaciones y requisitos técnicos que afectan a los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

La reciente modificación del Reglamento General de Circulación ha establecido nuevas condiciones para la circulación de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) siendo una de las novedades principales es la obligación de contar con un certificado de circulación, el cual debe garantizar el cumplimiento de ciertos requisitos técnicos especificados en un manual de características.

Definición de Vehículo de Movilidad Personal (VMP)

El manual reitera la definición de VMP como vehículos de una o más ruedas, con una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Estos vehículos deben tener una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h y contar con sistemas de autoequilibrado si están equipados con un asiento o sillín. Se excluyen de esta categoría los vehículos para personas con movilidad reducida, los ciclos de pedales con pedaleo asistido (EPAC) y los vehículos que no superen los 6 km/h.

Requisitos Especificados en el Manual

El manual establece una serie de requisitos que deben cumplir los VMP:

1. Frenos Independientes: Todos los VMP deben contar con dos frenos independientes, que pueden accionarse desde el mismo actuador. Los vehículos de más de 2 ruedas deben tener también un freno de estacionamiento.

2. Sistema de Estabilización: Los VMP de menos de 3 ruedas deben disponer de un sistema de estabilización para ser utilizados mientras están aparcados, como una «pata de cabra» lateral o un caballete central.

3. Iluminación y Reflectantes: Deben estar equipados con catadióptricos frontal, laterales y trasero, así como un sistema de iluminación delantera y trasera. Los VMP para transporte de mercancías deben incluir reflectantes laterales y traseros para señalizar en situaciones de baja visibilidad.

4. Indicadores y Retrovisores: Los VMP para transporte de mercancías deben tener indicadores de dirección delanteros y traseros, así como dos retrovisores obligatorios.

5. Avisador Acústico: Todos los VMP deben tener un avisador acústico. Los VMP para transporte de mercancías deben incluir además un aviso sonoro de marcha atrás.

6. Visualizador Embarcado: Deben tener un visualizador que indique el nivel de batería y la velocidad instantánea de forma sencilla y segura para el conductor.

7. Sistema de Plegado: Los VMP con sistema de plegado deben contar con un sistema de cierre con dos niveles de seguridad independientes.

8. Marcado y Documentación: Deben llevar marcado con información como la velocidad máxima, número de serie, número de certificado, año de construcción, marca y modelo. Además, la documentación de venta debe informar claramente que se trata de un VMP y cumplir con los requisitos de información y marcajes.

Entrada en Vigor y Plazos de Adaptación

La nueva normativa entra en vigor al día siguiente de su publicación, pero se otorga un plazo de 2 años para que todos los modelos comercializados cumplan con los requisitos establecidos y obtengan el certificado de circulación. Los modelos que ya estén en el mercado podrán circular durante 5 años adicionales sin certificado, hasta el 22 de enero de 2027.

Las nuevas características para patinetes eléctricos y VMP buscan garantizar la seguridad y la calidad de estos vehículos en el espacio público. Es fundamental que tanto fabricantes como usuarios estén al tanto de estas regulaciones para cumplir con la normativa y contribuir a una convivencia segura en las vías.