Captación de clientes en seguros: así afecta la prohibición del móvil a corredores y agentes

Captación de clientes en seguros: así afecta la prohibición del móvil a corredores y agentes

El Boletín Oficial del Estado publicaba el pasado 12 de febrero la Orden TDF/149/2025, una normativa que tiene un objetivo claro: combatir las estafas por suplantación de identidad a través de llamadas y mensajes fraudulentos.

En principio, suena bien. Nadie quiere recibir llamadas fantasma de números extraños ni ser víctima de fraudes cada vez más sofisticados. Pero como siempre ocurre en este país, lo que empieza con una buena intención termina complicando la vida a quienes trabajan de forma legal, transparente y con pocos recursos.

La Orden establece que las numeraciones utilizadas en servicios de atención al cliente y llamadas comerciales deberán estar correctamente identificadas. En la práctica, esto se traduce en una prohibición directa del uso de líneas móviles para realizar llamadas comerciales no solicitadas. Y aquí es donde empieza el verdadero problema para el sector asegurador, especialmente para los mediadores, agentes y colaboradores independientes que dependen de su móvil como herramienta principal de trabajo.


¿Qué dice exactamente la Orden TDF/149/2025?

El texto legal busca “garantizar la identificación de la numeración utilizada para la prestación de servicios de atención al cliente y realización de llamadas comerciales no solicitadas”. Traducido: si llamas a alguien para venderle un seguro sin que él te haya contactado previamente, no puedes hacerlo desde tu número de móvil.

El abogado José Luis Carrera, socio de Constitución Abogados, lo resumía de forma muy clara en declaraciones a Grupo Aseguranza:

«Esta Orden prohíbe el uso del móvil para intentar captar clientes, o sea, para llamadas comerciales no solicitadas».

La razón de fondo está en que todavía existen líneas móviles sin identificación clara del titular, lo que permite a los estafadores camuflarse en el anonimato. Como solución, el Ministerio de Transformación Digital ha optado por la vía rápida: prohibir el móvil en la captación comercial.


¿A quién afecta realmente?

Aquí está el quid de la cuestión. Aunque sobre el papel la norma afecta a todos —grandes plataformas comerciales, call centers, aseguradoras y también agentes independientes—, la realidad es que los grandes tienen recursos para adaptarse.

  • Una gran aseguradora ya cuenta con plataformas de telefonía fija, centralitas virtuales y sistemas tecnológicos que pueden cumplir fácilmente con esta nueva regulación.

  • Un corredor mediano con cierta estructura probablemente también tenga un fijo de oficina o un sistema VoIP que puede registrar y mostrar una numeración comercial válida.

  • Pero un pequeño mediador, un agente autónomo o un colaborador externo que hace todo desde su teléfono móvil… ahí es donde el golpe se siente fuerte.

Estos profesionales no tienen centralitas ni oficinas con líneas fijas. Su móvil es su oficina. Con esta norma, quedan prácticamente desarmados frente a los gigantes del sector.


¿Qué se puede y qué no se puede hacer a partir de ahora?

La normativa no prohíbe todo el uso del móvil en el trabajo comercial, pero sí limita su función de forma drástica:

  • Sí puedes usar tu móvil para contactar con un cliente que ya es tuyo o que te ha dado previamente su consentimiento.

  • Sí puedes enviar información a través de WhatsApp, correo electrónico o SMS, siempre que no sea un mensaje masivo no solicitado.

  • No puedes usar tu móvil para hacer llamadas en frío, lo que en el sector se conoce como puerta fría: llamar a alguien que no te conoce ni ha contactado contigo.

  • No puedes mandar mensajes comerciales desde tu móvil si la persona no lo ha autorizado previamente.

En resumen: el móvil queda relegado a la atención y el seguimiento de clientes ya captados, pero no sirve para prospectar nuevos clientes.


El precio del incumplimiento: sanciones nada pequeñas

El abogado Carrera lo advierte con claridad: incumplir esta norma supone una infracción grave, con sanciones que oscilan entre 5.001 y 30.000 euros. Para un gran call center, puede ser un coste asumible dentro de una campaña. Para un pequeño agente, puede significar el cierre de su negocio.

Una vez más, la sensación es que “pagan justos por pecadores”. Los grandes fraudes que motivaron esta regulación nacieron en plataformas masivas de telemarketing que ocultaban su identidad. Pero las medidas acaban poniendo en jaque a profesionales autónomos que ni tienen intención de estafar ni disponen de medios alternativos.


El impacto en el sector asegurador

En el sector asegurador español, donde conviven grandes grupos con miles de empleados y pequeños mediadores que trabajan casi en solitario, la normativa no afecta a todos por igual:

  • Mediadores independientes: son los más castigados. Muchos dependen de su móvil para captar clientes en su entorno local. Con esta prohibición, pierden un canal clave de prospección.

  • Colaboradores externos: que suelen hacer gestiones comerciales para corredores, se ven directamente limitados. Si no tienen acceso a la infraestructura del corredor principal, se quedan fuera de juego.

  • Corredores medianos y grandes: sufrirán molestias, sí, pero pueden adaptarse. Muchos ya disponen de números fijos identificados, centralitas o herramientas de CRM con funciones de llamada integradas.

  • El cliente final: en teoría, gana seguridad. Menos llamadas sorpresa de números móviles desconocidos. Pero también pierde la posibilidad de que el agente del barrio le llame directamente para ofrecerle algo que quizá le interese.


Alternativas para los mediadores

Aunque la norma es clara y restrictiva, existen algunas opciones que los corredores y agentes pueden empezar a valorar:

Uso de números fijos virtuales: se puede contratar un número fijo que se redirige al móvil del agente. El cliente verá un número fijo identificado, aunque la llamada la haga desde su móvil.

Centralitas en la nube (VoIP): soluciones como 3CX, Zadarma o incluso Microsoft Teams permiten asignar numeraciones fijas a cada agente, sin necesidad de una oficina física.

Mayor uso de canales digitales: si no se puede hacer puerta fría por teléfono, habrá que potenciar el email marketing, la publicidad en redes sociales o las campañas de Google Ads segmentadas por zona.

Eventos y networking local: en lugar de llamadas en frío, tocará reforzar la presencia en asociaciones, ferias y colaboraciones donde el contacto con clientes sea más orgánico.

Automatización con asistentes virtuales: aquí es donde entra la IA. Un chatbot como Segurito en una web o en WhatsApp Business puede atender a los curiosos, resolver dudas básicas y generar leads de forma legal.


Una visión más amplia: ¿es el fin de la “puerta fría”?

El sector comercial vive un momento de transformación. La llamada en frío, esa técnica de marcar números aleatorios o comprar bases de datos para llamar sin permiso, ya llevaba años en entredicho. La Ley General de Telecomunicaciones de 2022 ya había puesto límites, estableciendo que solo se podían hacer llamadas comerciales si el usuario no se había opuesto expresamente.

Ahora, con esta nueva orden, el cerco se estrecha aún más. Todo apunta a que la “puerta fría” tradicional está herida de muerte. Los clientes ya no quieren llamadas intrusivas y las autoridades quieren evitar estafas. El futuro del negocio pasa por estrategias de captación más sofisticadas, personalizadas y menos invasivas.


¿Qué opinan los profesionales del sector?

El malestar es evidente. Muchos mediadores sienten que la normativa es un golpe innecesario a quienes trabajan de forma honesta. La frase del abogado Carrera lo resume perfectamente:

«Una vez más, los justos van a pagar todos los excesos que venían cometiendo los pecadores».

No es difícil estar de acuerdo. La lucha contra el fraude es necesaria, pero la falta de medidas adaptadas a la realidad de los pequeños mediadores deja un vacío. En un mercado donde la confianza personal entre agente y cliente sigue siendo vital, quitarles el móvil como herramienta de captación es casi dejarlos maniatados.


Conclusión: adaptación obligada… y urgente

La Orden TDF/149/2025 no es un simple ajuste legal. Marca un antes y un después en la forma en que los mediadores y corredores de seguros podrán relacionarse con sus potenciales clientes.

Los más grandes lo tendrán fácil: centralitas, números fijos y departamentos de cumplimiento normativo harán el trabajo. Los más pequeños, en cambio, tendrán que reinventar sus métodos de captación o arriesgarse a sanciones imposibles de asumir.

La puerta fría desde el móvil está cerrada. Toca abrir otras puertas: la digital, la de la transparencia, la de la confianza. Y aquí la inteligencia artificial, los asistentes virtuales y las estrategias de marketing digital pueden ser la tabla de salvación.

En definitiva, el mensaje es claro: si eres mediador o agente, olvídate de usar tu móvil para llamar a clientes que no te conocen. Y si quieres seguir creciendo, tendrás que apoyarte en nuevas tecnologías, invertir en comunicación digital y, sobre todo, adaptarte antes de que sea demasiado tarde.

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